Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social.
La Presente ley tiene por Objeto crear un sistema de seguridad social, regular todo lo relacionado a su funcionamiento, organización y a la forma de hacer efectiva la Seguridad Social, debido a que es un derecho humano y social fundamental e irrenunciable que debe ser garantizado por el estado, a aquellas personas Venezolanas residentes en el país y a los extranjeros residenciados legalmente en él.
En este sentido se define la seguridad social “Como el conjunto integrados de sistemas y regímenes prestacionales, complementarios entre si e interdependiente, destinados a atender las contingencias objeto de la protección de dicho sistema”.(Art. 5)
El registro al Sistema de Seguridad Social debe ser único y obligatorio, los empleadores afiliaran a sus trabajadores los primeros tres días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral y deben mantener actualizada la nomina de su empresa.
El Sistema de Seguridad Social garantizará las prestaciones siguientes:
1. Promoción de la salud de toda la población de forma universal y equitativa, que incluye la protección y la educación para la salud y la calidad de vida,
2. Programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
3. Promoción de la salud de los trabajadores y de un ambiente de trabajo seguro y saludable, rehabilitación, reentrenamiento y reinserción de los trabajadores enfermos o accidentados por causas del trabajo, así como las prestaciones en dinero que de ellos se deriven.
4. Atención integral en caso de enfermedades catastróficas.
5. Atención y protección en caso de maternidad y paternidad.
6. Protección integral a la vejez.
7. Pensiones por vejez, sobre -vivencia y discapacidad.
8. Indemnización por la pérdida involuntaria del empleo.
Entre otras disposiciones expresadas por la ley en el artículo 18.Para el cálculo de las cotizaciones del Seguro Social Obligatorio se hará tomando como referencia los ingresos mensuales que devengue el afiliado, hasta un límite máximo equivalente a cinco salarios mínimos vigentes, unidad de medida que se aplicará a las cotizaciones establecidas en la Ley del Seguro Social
En este sentido se define la seguridad social “Como el conjunto integrados de sistemas y regímenes prestacionales, complementarios entre si e interdependiente, destinados a atender las contingencias objeto de la protección de dicho sistema”.(Art. 5)
El registro al Sistema de Seguridad Social debe ser único y obligatorio, los empleadores afiliaran a sus trabajadores los primeros tres días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral y deben mantener actualizada la nomina de su empresa.
El Sistema de Seguridad Social garantizará las prestaciones siguientes:
1. Promoción de la salud de toda la población de forma universal y equitativa, que incluye la protección y la educación para la salud y la calidad de vida,
2. Programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
3. Promoción de la salud de los trabajadores y de un ambiente de trabajo seguro y saludable, rehabilitación, reentrenamiento y reinserción de los trabajadores enfermos o accidentados por causas del trabajo, así como las prestaciones en dinero que de ellos se deriven.
4. Atención integral en caso de enfermedades catastróficas.
5. Atención y protección en caso de maternidad y paternidad.
6. Protección integral a la vejez.
7. Pensiones por vejez, sobre -vivencia y discapacidad.
8. Indemnización por la pérdida involuntaria del empleo.
Entre otras disposiciones expresadas por la ley en el artículo 18.Para el cálculo de las cotizaciones del Seguro Social Obligatorio se hará tomando como referencia los ingresos mensuales que devengue el afiliado, hasta un límite máximo equivalente a cinco salarios mínimos vigentes, unidad de medida que se aplicará a las cotizaciones establecidas en la Ley del Seguro Social
Registro Nacional de Empresas (RNEE)
Mediante Decreto N° 4.248, del 30 de Enero de 2006, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, estableció la puesta en marcha del Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, el cual tendrá carácter público y hará constar todo lo relacionado a la Solvencia Laboral.
El RNEE es una iniciativa del gobierno, con la finalidad de consolidar y concentrar los datos, en materia de trabajo y de seguridad social, de todas las empresas y establecimientos del país.
Para inscribirse en el Sistema de Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, el representante de la empresa o establecimiento llenara una solicitud de inscripción a través del portal de la Web del ministerio del trabajo http://www.mintra.gov.ve/ ; Este representante asistirá al Ministerio del Trabajo asignado conforme al domicilio de la empresa en la fecha fijada por el sistema al hacer la solicitud y llevar los requisitos correspondientes a la empresa. Posterior a la entrega de los recaudos el funcionario del Ministerio del Trabajo le suministrara el Numero De Identificación Laboral (NIL) “El cual es un documento que confirma que la empresa esta debidamente inscrita ante el ministerio del trabajo”.
Su cede en el estado Mérida (Venezuela) se encuentra en la inspectora del trabajo en el palacio de justicia.
Mediante Decreto N° 4.248, del 30 de Enero de 2006, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, estableció la puesta en marcha del Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, el cual tendrá carácter público y hará constar todo lo relacionado a la Solvencia Laboral.
El RNEE es una iniciativa del gobierno, con la finalidad de consolidar y concentrar los datos, en materia de trabajo y de seguridad social, de todas las empresas y establecimientos del país.
Para inscribirse en el Sistema de Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, el representante de la empresa o establecimiento llenara una solicitud de inscripción a través del portal de la Web del ministerio del trabajo http://www.mintra.gov.ve/ ; Este representante asistirá al Ministerio del Trabajo asignado conforme al domicilio de la empresa en la fecha fijada por el sistema al hacer la solicitud y llevar los requisitos correspondientes a la empresa. Posterior a la entrega de los recaudos el funcionario del Ministerio del Trabajo le suministrara el Numero De Identificación Laboral (NIL) “El cual es un documento que confirma que la empresa esta debidamente inscrita ante el ministerio del trabajo”.
Su cede en el estado Mérida (Venezuela) se encuentra en la inspectora del trabajo en el palacio de justicia.
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