Aspectos Legales

Resumen de cada tema visto en Seminario de Aspecto Legales

jueves, enero 18, 2007

AGENTES DE RETENCIÒN

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), es el encargado de determinar quienes serán los agentes de retención adecuados para el recaudo de impuestos como el Impuesto Sobre la Renta (ISLR)es aquel impuesto aplicado sobre los enriquecimientos anuales” y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) “es aquel impuesto indirecto que grava la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes” ; asegurando así el cumplimiento de la obligación por parte de los contribuyentes.

En tal sentido podemos decir que las Retencioneses un instrumento legal de recaudo cuya finalidad primordial es asegurarle al fisco nacional, la percepción periódica de dichos tributos causado por determinadas rentas”.Y los Agentes de Retenciónes toda persona designada por la Ley, que por su función pública o en razón de su actividad privada, intervenga en actos, negocios jurídicos u operaciones en los cuales deba efectuar una retención, para luego enterarla al Fisco Nacional”. (Glosario de términos, SENIAT).

En Venezuela existen tres formas de retención, las Retenciones Totales que son aplicadas al 100% del enriquecimiento o sobre un solo pago donde este soporta toda la carga tributaria, Las Retenciones Parciales aquellas que se aplican periódicamente a cada pago efectuado a un contribuyente, y Las Retenciones Acumulativas aquella que procede generalmente sobre las cancelaciones que se efectúan a sujetos no residentes o no domiciliados en el país, sobre la base de adiciones a los pagos y descuentos de los impuestos retenidos, a fin de lograr un anticipo exactamente proporcional al que se debe obtener en un solo pago.

Los Agentes de Retención se componen de dos grupos de acuerdo a lo disposiciones del SENIAT, el primero grupo Contribuyentes Calificados Como Especiales son aquellos sujetos que han sido designados como agentes debido al nivel de los ingresos bruto obtenidos y pueden ser entes públicos o privados personas naturales o jurídicas y pueden o no ser contribuyentes del IVAel segundo grupo Los Entes Públicos Nacionales, entre ellos tenemos el Banco Central de Venezuela, las iglesias católicas las fundaciones, asociaciones civiles, las universidades nacionales y otras entidades.

En cuanto a la Responsabilidad de los Agentes de Retención el Código Orgánico Tributario establece en su articulo 27, que las personas designadas por la ley como agentes de retención son los responsables directo ante el fisco de efectuar la retención del impuesto, de no realizarse la percepción, responderá solidariamente con el contribuyente.

En virtud de lo expresado anteriormente, tenemos que dentro de las responsabilidades principales de los agentes están:
* Retener los tributos correspondientes en el momento del pago o del abono en cuenta.
* Enterar los tributos retenidos dentro de los plazos establecidos en la Ley y en su reglamento.
* Entregar a los contribuyentes un comprobante por cada retensión de impuesto que les practiquen, en el cual deberán indicar el monto de lo pagado o abonado en cuenta y el monto de lo retenido.
* Presentar ante la Oficina de la Administración Tributaria de su domicilio, dentro de los dos (2) primeros meses del ejercicio fiscal una relación con la identificación de las personas objeto de retención, las cantidades pagadas y los impuestos retenidos durante el año anterior.
* Entregar a los beneficiarios, dentro del mes de Enero de cada año, una relación del total de las cantidades pagadas o abonadas en cuenta y de los impuestos retenidos en el ejercicio.

Los impuestos retenidos deben ser enterados, dentro de los tres (3) primeros días hábiles del mes siguiente a aquel en el que se efectuó el pago o abono en cuenta, en una oficina receptora de fondos nacionales (el BCV, los bancos comerciales, u otras instituciones de crédito con las que ejecutivo nacional haya suscrito contrato para que actúen como recaudadores de impuesto sobro la renta, con lo cual , tácitamente, se les considera agentes de percepción), a menos que hayan sido calificados por la administración tributaria como contribuyentes especiales, en cuyos casos estarán obligados a enterar lo retenido en el lugar y en el plazo previsto en el calendario que emite el SENIAT anualmente.


Fuente: Código Orgánico Tributario
Ley de Impuesto Sobre la Renta
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